ARGENTINA – A partir de julio, una nueva normativa fiscal redefinirá la forma en que supermercados y comercios aplican percepciones de IVA en sus operaciones. La Resolución General 5710/2025, publicada por la Administración Federal (ARCA), introduce un criterio objetivo que elimina la discrecionalidad: toda compra inferior a 10 millones de pesos será considerada automáticamente como realizada por un consumidor final.
Este cambio tiene un impacto directo sobre miles de pequeños comerciantes, consumidores particulares y operadores informales que habitualmente realizan compras mayoristas en grandes cadenas. Además, forma parte de una estrategia del Gobierno para fomentar el uso de dinero informal, en lo que popularmente se conoce como “dólares del colchón”.
PERGAMINONOTICIAS.COM.AR accedió al texto completo de la normativa y dialogó con especialistas en tributación que explicaron cómo este nuevo régimen simplifica los procedimientos tanto para compradores como para vendedores.
¿Qué cambia con la nueva norma?
Hasta ahora, los supermercados estaban obligados a evaluar caso por caso si el comprador actuaba como consumidor final. Esta decisión se basaba en la cantidad o el tipo de productos adquiridos. Por ejemplo, una compra de 50 botellas de gaseosa podía ser interpretada como una operación comercial encubierta, lo que obligaba al vendedor a aplicar una percepción del IVA adicional, que oscilaba entre el 10,5% y el 5,25%.
Con la entrada en vigencia de la nueva resolución, esa lógica se elimina. Si la compra se realiza en supermercados mayoristas, hipermercados, supermercados tradicionales o autoservicios de alimentos, y no supera los $10 millones, se asume automáticamente que se trata de un consumidor final, y no se aplicará percepción de IVA alguna.
“El nuevo criterio elimina la subjetividad del sistema anterior y alivia la carga fiscal para pequeños actores del mercado”, señaló Sebastián Domínguez, tributarista de SDC Asesores Tributarios. También explicó que este cambio se alinea con otra resolución reciente que establece el mismo umbral para la identificación de consumidores finales en la emisión de comprobantes.
Evitar el fraccionamiento de tickets
Una de las prácticas comunes para eludir la percepción del IVA era dividir las compras en varios tickets por debajo del límite, una estrategia que se vuelve innecesaria con esta actualización. “Lo que pasaba era que te hacían dos tickets de 9 millones para no llegar al umbral. Ahora el criterio es claro: si no supera los $10 millones, no hay percepción”, agregó Domínguez.
¿A quién beneficia?
El nuevo régimen representa un alivio para pequeños comerciantes y empresas informales, quienes muchas veces se abastecen en supermercados para su actividad diaria. Al no tener que pagar una percepción adicional, mejoran su margen operativo y simplifican la gestión tributaria.
Para las empresas registradas que operan dentro del régimen formal, el cambio es neutro. En esos casos, la percepción de IVA funciona como un crédito fiscal deducible, por lo que seguirán teniendo la posibilidad de recuperarla, si se aplica.
Según la normativa, la excepción se mantiene únicamente si el comprador acepta el comprobante como consumidor final y si el monto no supera los 10 millones. Pero, incluso si no se realiza esa manifestación expresa, la declaración se presume y exime al vendedor de cualquier análisis subjetivo.
Desde la Redacción de PERGAMINO NOTICIAS del Grupo de Medios infopba.com, celebramos este paso hacia una mayor claridad normativa, que evita conflictos innecesarios y reduce la presión sobre los sectores más vulnerables del comercio minorista.
Fuente: PERGAMINONOTICIAS.COM.AR